Canal de denuncias

25 de noviembre de 2025

Por medio de la presente, ADELA COSCOLLANO OLIVARES informa de la implantación del nuevo sistema interno para gestionar comunicaciones y denuncias dentro de la organización.

Este sistema, denominado Canal de Denuncias, se establece en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

A continuación, se resumen los aspectos más relevantes:


¿Quién puede presentar comunicaciones o denuncias?

Pueden utilizar el Canal de Denuncias:

  • Trabajadores de la organización.
  • Autónomos.
  • Accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión (incluidos miembros no ejecutivos).
  • Cualquier persona que trabaje para, o bajo supervisión/dirección de, contratistas, subcontratistas y proveedores.
  • Voluntarios, becarios y trabajadores en periodos de formación.
  • Personas cuya relación laboral aún no haya comenzado, si han obtenido información durante procesos de selección o negociación precontractual.

¿Qué tipo de comunicaciones se pueden realizar?

El canal está habilitado para comunicar infracciones relacionadas con:

  • Contratación pública.
  • Servicios, productos y mercados financieros; prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
  • Seguridad de los productos y conformidad.
  • Seguridad del transporte.
  • Protección del medio ambiente.
  • Protección frente a radiaciones y seguridad nuclear.
  • Seguridad alimentaria, piensos, sanidad animal y bienestar animal.
  • Salud pública.
  • Protección de los consumidores.
  • Protección de la privacidad y datos personales; seguridad de redes y sistemas de información.
  • Infracciones que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
  • Infracciones del mercado interior, incluidas normas de competencia y ayudas estatales.
  • Actos que vulneren la normativa del impuesto sobre sociedades o prácticas destinadas a obtener ventajas fiscales indebidas.

Acceso al canal

El acceso se realizará mediante un código QR que se pondrá a disposición de todo el personal sujeto a este sistema.


Consultas o aclaraciones

Para cualquier duda o comentario relacionado con esta circular, puede escribir a:
adela.coscollano@accontroller.es